8 ) Dificultan la identificación clara de este proceso dos acontecimientos ocurridos el 25 de junio. El primero se suscitó cuando se le dio a conocer al Sr. Manuel Zelaya que el Congreso había iniciado una investigación que podría culminar con su destitución. En un momento de cólera el señor Manuel Zelaya firmó una renuncia en nombre propio y de su gabinete. Este hecho no es, ni debe ser relacionado, con los eventos del 28 de junio que condujeron a la captura del presidente. El segundo fue la orden de llevar a al Sr. Manuel Zelaya a Costa Rica para preservar su integridad y garantizar un clima de paz en el país. Entendemos que este segundo acontecimiento puede ser mal interpretado como un deseo de evitar un proceso público transparente, que por muy deseable que haya sido, no está contemplado en las leyes de la República.
9) Hechas estas dos aclaraciones, el proceso que condujo la destitución del ciudadano Manuel Zelaya, se presenta como totalmente enmarcado dentro de la constitución y demás leyes de la República de Honduras.
No tenemos la menor duda que de no haberse llevado a cabo este proceso, Honduras hubiera sido empujada hacia un estado totalitario al estilo de Bolivia, Venezuela, Ecuador y Cuba y Nicaragua.